
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) emitió una resolución donde prohíbe el uso e instalación de neumáticos en vehículos de motor no aptos para la circulación en las vías públicas del territorio nacional.
A través de la resolución regulatoria la número 002-2019, la entidad informó que no podrán circular en las vías los automóviles o camiones que posean neumáticos en malas condiciones, usadas, remodeladas, recauchadas y caducadas, incluyendo las que hayan ingresado bajo el régimen de admisión temporal sin transformación y que no cumplan con las especificaciones técnicas mínimas establecidas.
Agregó, que quedan exceptuados de la prohibición de recauchados aquellos neumáticos que equipen vehículos de más de 3,5 toneladas, y que no vayan a circular en las vías públicas.
Según contempla la resolución 002-2019, se considerarán aptos para la circulación los vehículos cuyos neumáticos tengan la concordancia de dimensiones entre la llanta y el neumático, que tenga la presión de inflado indicada por el fabricante, que la profundidad del relieve debe tener al menos 1.6 milímetros para vehículos livianos y 2.5 para los pesados.
Asimismo especifica que la banda lateral no debe tener protuberancias, presentar ampollas, deformaciones anormales, roturas, grietas u otros signos que evidencien el desprendimiento de alguna capa o de la banda de rodamiento y que los neumáticos no estén caducados.
El INTRANT otorgó un plazo de sesenta (60) días calendario a partir de la publicación de la presente resolución, para que todos los conductores de vehículos de motor cuyos neumáticos no cumplan con las especificaciones, regularicen esa situación.
Añadió que vencido el plazo sin haber realizado las acciones pertinentes, el incumplimiento a las disposiciones de esta resolución, será sancionado con una multa de un salario mínimo que impera en el sector publico centralizado, sin perjuicio de la aplicación de multas de mayor cuantía, conforme a los artículos 323 y 324 de la ley número 63-17.
Agregó que la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre, luego de vencido el plazo, supervisará la ejecución y fiscalización de las disposiciones de la presente resolución, de manera que puedan instaurarse los controles para su cumplimiento.
El INTRANT resaltó que los agentes de la DIGESETT, previo al levantamiento de la infracción correspondiente, podrán retener los vehículos que violen las disposiciones establecidas y enviarlo al centro de retención más cercano, en el cual el propietario o conductor del vehículo tendrá que cambiar las gomas que están en mal estado por uno que cumpla con los requisitos establecido en la resolución.

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